FISCALES

Artículo I.7o.A.61 A (10a.). CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES. EL ARTÍCULO 5 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA, AL REFERIRSE A LA ATRIBUCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL DE CONSULTAR A AQUÉLLAS EN UN SENTIDO POTESTATIVO Y NO DE OBLIGATORIEDAD, VIOLA EL PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES. EL ARTÍCULO 5 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA, AL REFERIRSE A LA ATRIBUCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL DE CONSULTAR A AQUÉLLAS EN UN SENTIDO POTESTATIVO Y NO DE OBLIGATORIEDAD, VIOLA EL PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.

El artículo 4, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones establece una atribución de consulta del Gobierno Federal a aquéllas, en todos los asuntos vinculados con las actividades que representan, que fue regulada por el legislador utilizando la palabra "deberá", lo que denota una obligación para el gobierno. Por su parte, el artículo 5 del reglamento del citado ordenamiento se refiere a dicha facultad, pero en lugar de utilizar la palabra anotada, emplea la acepción "podrá", que no permite determinar que se utilice en un sentido de obligatoriedad, al no disponer un nexo lógico o contextual que así lo demuestre, de lo cual se infiere que el emisor del reglamento pretendió establecer una atribución potestativa en cuanto a la realización de la consulta prevista en el mencionado dispositivo legal. Consecuentemente, el aludido precepto 5 viola el principio de subordinación jerárquica.SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2002117

Clave: I.7o.A.61 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIV, Noviembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1842

Precedentes

Amparo en revisión 206/2012. Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión. 29 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretario: Luis Huerta Martínez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.7o.A.61 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.7o.A.61 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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