FISCALES

Artículo XI.1o.A.T.4 K (10a.). SUSPENSIÓN PROVISIONAL TRATÁNDOSE DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR. AL FIJAR LAS UNIVERSIDADES PARÁMETROS DE INGRESO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 3o., FRACCIÓN VII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, AL RESOLVER SOBRE AQUELLA MEDIDA DEBE PONDERARSE ENTRE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y EL INTERÉS SOCIAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUSPENSIÓN PROVISIONAL TRATÁNDOSE DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR. AL FIJAR LAS UNIVERSIDADES PARÁMETROS DE INGRESO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 3o., FRACCIÓN VII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, AL RESOLVER SOBRE AQUELLA MEDIDA DEBE PONDERARSE ENTRE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y EL INTERÉS SOCIAL.

La interpretación de los derechos humanos, aun bajo el principio pro personae, no tiene el alcance de que todo lo que se solicita con fundamento en ellos necesariamente deba concederse, sino que es la ponderación entre la apariencia del buen derecho y el interés social los referentes para resolver si la pretensión del quejoso de obtener la suspensión provisional del acto reclamado procede cuando se trate del derecho a la educación superior, dado que su ejercicio y concreción no es absoluto ni arbitrario, pues ni las Constituciones Federal y Estatales, ni el artículo 13, numeral 2, inciso c), del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales autorizan a que el ejercicio del derecho a la educación sea ilimitado o absoluto frente al Estado, sino que es relativo por cuanto que el propio artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los derechos humanos reconocidos podrán restringirse y suspenderse en los casos y con las condiciones que ella establece, siendo precisamente su artículo 3o., fracción VII, el que dispone que son las universidades las que fijarán los términos de ingreso y es ahí donde se ubica aquella relatividad.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2003425

Clave: XI.1o.A.T.4 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2298

Precedentes

Queja 73/2012. Kevin Israel Herrejón Mora. 13 de septiembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Reynaldo Piñón Rangel.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.1o.A.T.4 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XI.1o.A.T.4 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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