Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala
Para decidir si este tipo de información es de interés público se requiere corroborar la presencia de una conexión patente entre ésta y un tema o información de interés público. Este componente del test de interés público tiene como función descartar aquellos casos en los que la información privada es completamente irrelevante. La idea que está detrás de esta indagación es el hecho de que los periodistas tienen amplio margen de apreciación sobre estas cuestiones, de manera que es suficiente constatar que existe una conexión más o menos evidente entre la información divulgada y el tema o la información de interés público. En este sentido, esta grada del test es incompatible con un escrutinio estricto de la actuación del periodista donde se establezca la "pertinencia", "conveniencia" o "necesidad" de la información privada difundida.
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Registro digital (IUS): 2003645
Clave: 1a. CXXXIV/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 560
Amparo directo 3/2011. Lidia María Cacho Ribeiro y otro. 30 de enero de 2013. Cinco votos; José Ramón Cossío Díaz reservó su derecho para formular voto concurrente. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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