FISCALES

Artículo 1a. CCLXIX/2013 (10a.). IMPORTACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS USADOS. EL INTERÉS JURÍDICO PARA COMBATIR EN AMPARO INDIRECTO LAS NORMAS QUE LA REGULAN, PUEDE ACREDITARSE CON LA HOJA DE ERRORES QUE ARROJA EL SISTEMA COMPUTARIZADO DE PREVALIDACIÓN ADUANAL.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPORTACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS USADOS. EL INTERÉS JURÍDICO PARA COMBATIR EN AMPARO INDIRECTO LAS NORMAS QUE LA REGULAN, PUEDE ACREDITARSE CON LA HOJA DE ERRORES QUE ARROJA EL SISTEMA COMPUTARIZADO DE PREVALIDACIÓN ADUANAL.

Las normas que regulan la importación definitiva de vehículos usados, tales como el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de julio de 2011 y las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, así como su Anexo 22, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2011, son de naturaleza heteroaplicativa y, por tanto, es necesario acreditar el acto de aplicación que haya causado un agravio personal y directo que pueda ser reclamado en el juicio de amparo. En el trámite de importación definitiva de vehículos usados, es en la prevalidación que realiza el agente aduanal en donde, de ser el caso, se podría negar ésta e impedir que se continúe con el trámite de importación en la etapa de validación; lo anterior, por advertir que se incumple con los requisitos previstos en las disposiciones normativas impugnadas. En ese sentido, el agravio personal y directo que pueda ser motivo de impugnación en el juicio de amparo indirecto, puede ser acreditado con la hoja de errores que arroje el sistema operado por los agentes aduanales y que controlan las confederaciones de agentes aduanales autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Registro digital (IUS): 2004486

Clave: 1a. CCLXIX/2013 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 1; Pág. 990

Precedentes

Amparo en revisión 122/2013. Comercializadora Red Logistic del Noroeste, S.A. de C.V. 15 de mayo de 2013. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar y Gabino González Santos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CCLXIX/2013 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CCLXIX/2013 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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