FISCALES

Artículo II.3o.A.87 A (10a.). PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO DEBE EXIGIRSE AL ACTOR QUE EXHIBA LAS APORTADAS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL DEMANDADA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 2o., FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO DEBE EXIGIRSE AL ACTOR QUE EXHIBA LAS APORTADAS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL DEMANDADA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 2o., FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE).

Si bien es cierto que los Magistrados instructores no están obligados a recabar pruebas no ofrecidas por las partes, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 29/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 1035, de rubro: "MAGISTRADOS INSTRUCTORES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. NO ESTÁN OBLIGADOS A ALLEGARSE PRUEBAS NO OFRECIDAS POR LAS PARTES NI A ORDENAR EL PERFECCIONAMIENTO DE LAS DEFICIENTEMENTE APORTADAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CON LAS QUE EVENTUALMENTE AQUÉL PUDIERA ACREDITAR LA ACCIÓN O EXCEPCIÓN DEDUCIDAS.", también lo es que deben ejercer su potestad para mejor proveer cuando sea necesario clarificar situaciones dudosas, imprecisas o insuficientes en las pruebas, así como en el caso de que sea necesaria la exhibición de las indispensables para la correcta resolución del asunto, como son las ofrecidas por el actor ante las autoridades tributarias en el procedimiento en sede administrativa, por lo cual es ilegal justificar la falta de este tipo de pruebas en el juicio contencioso administrativo federal, en el hecho de que aquél no las aportó, pues esa exigencia importaría una violación al artículo 2o., fracción VI, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, donde se garantiza que en las controversias y juicios de orden jurídico-contributivo, el particular no estará obligado a aportar nuevamente la documentación y demás pruebas que hubiese proporcionado a la autoridad fiscal. Por tanto, si en autos consta que el actor aportó esas probanzas ante la demandada, no debe exigírsele que las exhiba o imponerle cargas y consecuencias procesales preclusivas por esos motivos.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2004973

Clave: II.3o.A.87 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 2; Pág. 1432

Precedentes

Amparo directo 773/2010. Adán Martínez Mayorga. 1 de marzo de 2012. Mayoría de votos. Disidente: Salvador González Baltierra. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Enrique Orozco Moles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo II.3o.A.87 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo II.3o.A.87 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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