FISCALES

Artículo XI.1o.A.T.11 A (10a.). INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS. PARA QUE PROCEDA EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO POR INEXISTENCIA DE LA MATERIA DEL ACTO RECLAMADO, NO BASTA LA SOLA AFIRMACIÓN DE LA AUTORIDAD EN EL SENTIDO DE QUE GIRÓ LOS OFICIOS PARA LEVANTAR AQUELLA MEDIDA, SINO QUE ES NECESARIO QUE ACREDITE QUE ÉSTA SE LLEVÓ A CABO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocacomún,-administrativa

Texto Legal

INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS. PARA QUE PROCEDA EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO POR INEXISTENCIA DE LA MATERIA DEL ACTO RECLAMADO, NO BASTA LA SOLA AFIRMACIÓN DE LA AUTORIDAD EN EL SENTIDO DE QUE GIRÓ LOS OFICIOS PARA LEVANTAR AQUELLA MEDIDA, SINO QUE ES NECESARIO QUE ACREDITE QUE ÉSTA SE LLEVÓ A CABO.

Cuando no hay una resolución de la autoridad competente del Servicio de Administración Tributaria que -en similares condiciones a aquellas por las que decretó la inmovilización de cuentas bancarias- determine levantar esa medida, a fin de que opere la causal de improcedencia prevista en la fracción XVII del artículo 73 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013, relativa a la inexistencia de la materia del acto reclamado -dado que ésta debe estar fehacientemente demostrada y no inferirse con base en presunciones-, no basta la sola afirmación de la autoridad en el sentido de que giró los oficios de desinmovilización respectivos, sino que debe acreditar plenamente que ésta se llevó a cabo; de manera que si no hay prueba de la emisión de una resolución que dejara insubsistente esa inmovilización o la anulación del crédito fiscal dictada en acatamiento a la sentencia ejecutoriada de nulidad, es inconcuso que tampoco se actualiza dicha causal y, por ende, no procede el sobreseimiento en el juicio, pues de hacerlo, se corre el riesgo de que continúe la inmovilización de las cuentas bancarias, lo cual constituye el acto reclamado en el amparo.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2005188

Clave: XI.1o.A.T.11 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo II; Pág. 1181

Precedentes

Amparo en revisión 49/2013. 20 de junio de 2013. Mayoría de votos. Disidente: Hugo Sahuer Hernández. Ponente: Juan García Orozco. Secretaria: Norma Navarro Orozco.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.1o.A.T.11 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XI.1o.A.T.11 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XI.1o.A.T.11 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XI.1o.A.T.11 A (10a.) FISCALES desde tu celular