Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Al reclamarse en la vía de amparo indirecto el incumplimiento de una sentencia definitiva emitida dentro del juicio contencioso administrativo, es inconcuso que en términos del artículo 11 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013, adquiere el carácter de autoridad responsable el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pues no sólo debe atenderse al reclamo que se eleva ante la instancia constitucional, visto desde una perspectiva simplista, sino que al acudir al juicio constitucional reclamándose un acto omisivo, como el incumplimiento de una resolución definitiva, dicho acto, indudablemente, es atribuible a la propia autoridad omisa, quien resulta ser el tribunal fiscal, porque tiene a su alcance el procedimiento de ejecución respectivo.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2008522
Clave: IV.1o.A. J/14 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2427
Amparo en revisión 63/2014. Delegado del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en Nuevo León y otro. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretaria: Juana María Espinosa Buentello.Amparo en revisión 9/2014. Director General y Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretaria: Priscila Ponce Castillo.Amparo en revisión 112/2014. Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas.Amparo en revisión 118/2014. Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas. Amparo en revisión 183/2014. Director General y Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 20 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretario: Fernando Rodríguez Ovalle.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 809550. PENSIONES DE RETIRO, SUSPENSION DEL PAGO DE LAS.
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