FISCALES

Artículo XI.1o.A.T.19 K (10a.). TEORÍA DE LA ASUNCIÓN JUDICIAL. SUS POSTULADOS SE CUMPLEN CUANDO UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, AL CONCEDER EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL REPARA LA TRANSGRESIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES QUE OCASIONÓ ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO JUDICIAL Y CON ELLO EVITA UNA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO MEXICANO EN EL PLANO INTERNACIONAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

TEORÍA DE LA ASUNCIÓN JUDICIAL. SUS POSTULADOS SE CUMPLEN CUANDO UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, AL CONCEDER EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL REPARA LA TRANSGRESIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES QUE OCASIONÓ ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO JUDICIAL Y CON ELLO EVITA UNA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO MEXICANO EN EL PLANO INTERNACIONAL.

Si un Tribunal Colegiado de Circuito concede el amparo y protección de la Justicia Federal a la víctima del delito, esa decisión judicial evita una probable responsabilidad del Estado Mexicano en el plano internacional y, por tanto, la consecuencia lógica y necesaria es sancionar al servidor público que cometió un ejercicio indebido, o un descuido -en su caso- de la función jurisdiccional que ejercía como juzgador autorizado por el Consejo del Poder Judicial del Estado porque, contrariando a la Teoría de la Asunción Judicial, ese titular del órgano jurisdiccional ordinario no otorgó la tutela que de él se esperaba para reparar la violación alegada, convirtiéndose en el origen inmediato directo de esa violación.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2008998

Clave: XI.1o.A.T.19 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II; Pág. 1854

Precedentes

Amparo en revisión 126/2013. Pleno del Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán de Ocampo. 13 de febrero de 2014. Mayoría de votos. Disidente: Hugo Sahuer Hernández. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Francisco Javier López Ávila.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.1o.A.T.19 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XI.1o.A.T.19 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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