Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El programa mencionado, en el capítulo de definiciones establece que se entenderá como usuario al propietario o poseedor del vehículo; calidades que deben ser entendidas desde el punto de vista jurídico. Por tanto, para acreditar el interés jurídico en el juicio de amparo en el que se reclame dicho programa, bastará la presentación en original o copia certificada de la factura o contrato traslativo de dominio a nombre del quejoso o, en su caso, de la tarjeta de circulación expedida por la autoridad administrativa, al ser documentos suficientes para demostrar el carácter de usuario referido.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.
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Registro digital (IUS): 2009232
Clave: II.1o.8 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo III
; Pág. 2225
Amparo en revisión 340/2014. Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México. 19 de febrero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Enrique Sánchez Frías. Secretaria: Claudia Corrales Andrade.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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