FISCALES

Artículo IV.1o.A.32 A (10a.). DERECHO HUMANO AL SALARIO. EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEBE RESPETARLO, RESPECTO A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DERECHO HUMANO AL SALARIO. EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEBE RESPETARLO, RESPECTO A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE.

Uno de los derechos humanos fundamentales es el derecho a una remuneración justa que permita una existencia digna. Así lo establece la Constitución Federal en el artículo 123, apartado B, fracción IV, párrafo segundo, al identificar la garantía de un salario vital como una de las condiciones para la paz social y permanente basada en la justicia; en ese sentido, la privación del salario implica la vulneración a un derecho humano. Ahora bien, el artículo 134, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación al artículo 96, párrafo segundo, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas de los servidores públicos adscritos a esa institución. En ese tenor, el Consejo de la Judicatura Federal en los casos en que suspenda temporalmente a sus servidores públicos, debe respetar el referido derecho humano al salario, toda vez que todo trabajador tiene derecho a percibir lo necesario para su subsistencia y la de sus familiares dependientes.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2009427

Clave: IV.1o.A.32 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III; Pág. 2006

Precedentes

Queja 212/2014. Eusebia González González. 1 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Priscila Ponce Castillo, secretaria en funciones de Magistrada. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas.Queja 263/2014. Alejandro Tovar Álvarez. 22 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas.Nota: El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas citado, aparece publicado en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 2, Tomo IV, enero de 2014, página 3275.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IV.1o.A.32 A (10a.) del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IV.1o.A.32 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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