Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.
Tesis
Registro digital: 2013586
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Décima Época
Materia(s): Común, Administrativa
Tesis: XVII.1o.P.A.6 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 38, Enero de 2017, Tomo IV, página 2703
Tipo: Aislada
REVISIONES ELECTRÓNICAS. EL ARTÍCULO 53-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO RELATIVO, ES DE NATURALEZA HETEROAPLICATIVA.
El referido dispositivo, que regula el procedimiento que debe seguir la autoridad fiscal cuando ejerce sus facultades de comprobación vía electrónica, es de naturaleza heteroaplicativa, ya que su aplicación depende, forzosamente, de la voluntad de aquélla de llevarlas a cabo de esa forma, mediante la notificación de la resolución provisional -con la cual inicia ese procedimiento de fiscalización-, que es la que ocasiona el perjuicio en detrimento de los particulares; de ahí que cuando se reclama ese precepto aisladamente y no como parte del sistema normativo del buzón tributario, contabilidad y revisiones electrónicas, el quejoso debe hacerlo a partir del primer acto de aplicación en su perjuicio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo en revisión 299/2016. 24 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Raymundo Cornejo Olvera. Secretaria: Claudia Alejandra Alvarado Medinilla.
Esta tesis se publicó el viernes 27 de enero de 2017 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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Registro digital (IUS): 2013586
Clave: XVII.1o.P.A.6 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: T.C.C.
Sala: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Enero de 2017; Tomo IV; Pág. 2703
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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