Jurisprudencia · Décima Época · Segunda Sala
Conforme al artículo 104 de la Ley de Amparo, el objeto del recurso de reclamación consiste en revisar la legalidad de los acuerdos de trámite dictados por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia o por los Presidentes de sus Salas o de los Tribunales Colegiados de Circuito, a fin de subsanar las posibles irregularidades procesales cometidas durante la tramitación de los procedimientos de su conocimiento, no así en nulificar los fallos pronunciados por los órganos indicados, al ser definitivos e inatacables. En ese sentido, el recurso de reclamación interpuesto contra un auto de trámite dictado por alguno de los Presidentes mencionados, queda sin materia si durante su tramitación se resuelve de forma definitiva el fondo del asunto del cual deriva, porque a través de aquél no pueden modificarse las ejecutorias dictadas por el Máximo Tribunal y por los Tribunales Colegiados de Circuito.
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Registro digital (IUS): 2014219
Clave: 2a./J. 42/2017 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 42, Mayo de 2017; Tomo I; Pág. 638
Recurso de reclamación 6/2014. Magdalena Colunga García Marín. 5 de marzo de 2014. Cinco votos de los Ministros Sergio A. Valls Hernández, Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Jonathan Bass Herrera.Recurso de reclamación 736/2014. Juega y Juega, S.A. de C.V. 22 de octubre de 2014. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Alejandro Manuel González García.Recurso de reclamación 1022/2014. Enrique Ordóñez Basurto. 13 de mayo de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Alfredo Villeda Ayala.Recurso de reclamación 268/2016. Integradora de Negocios Luna del Collado, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R. 15 de junio de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Alberto Pérez Dayán. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Raúl Carlos Díaz Colina.Recurso de reclamación 976/2016. Raúl Trujano Nassar. 5 de abril de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Rocío Balderas Fernández.Tesis de jurisprudencia 42/2017 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiséis de abril de dos mil diecisiete.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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