FISCALES

Artículo I.10o.A.35 A (10a.). CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. LA MODIFICACIÓN AL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE OCTUBRE DE 2016, QUE REGULA CIERTOS LINEAMIENTOS PARA SU ENVÍO, NO ADOLECE DE LOS VICIOS SEÑALADOS EN LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 148/2016 (10a.).

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. LA MODIFICACIÓN AL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE OCTUBRE DE 2016, QUE REGULA CIERTOS LINEAMIENTOS PARA SU ENVÍO, NO ADOLECE DE LOS VICIOS SEÑALADOS EN LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 148/2016 (10a.).

Tesis

Registro digital: 2014774

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Décima Época

Materia(s): Constitucional, Administrativa

Tesis: I.10o.A.35 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 44, Julio de 2017, Tomo II, página 1007

Tipo: Aislada

CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. LA MODIFICACIÓN AL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE OCTUBRE DE 2016, QUE REGULA CIERTOS LINEAMIENTOS PARA SU ENVÍO, NO ADOLECE DE LOS VICIOS SEÑALADOS EN LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 148/2016 (10a.).


Al establecer el Servicio de Administración Tributaria que la referencia técnica en materia informática para la construcción de los archivos digitales xml que contienen la información mencionada en el anexo 24 referido, el cual regula ciertos lineamientos para el envío de la contabilidad electrónica, se encuentra contenida en el "documento técnico" que deberán utilizar los entes especialistas en informática y telecomunicaciones que realicen la construcción de cada uno de los archivos a enviar a través del buzón tributario o el portal de trámites, determinó directamente los lineamientos y el deber de remitirse a su página web para la construcción de los archivos digitales xml, en cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 28, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación; sin que obste a lo anterior que se utilicen las etiquetas incorporadas dentro del código fuente cuyo valor es http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance, en virtud de que son referencias de carácter técnico que permiten estandarizar y asignar un valor único a los datos contenidos en el documento xml, aunado a que el uso de esas etiquetas con fines técnicos es exclusivo del sistema de información que lo procesa y no está relacionado a un idioma que sea interpretado por un usuario final. Máxime que el "documento técnico" se proporcionó en idioma castellano o español, a fin de brindar seguridad jurídica a los contribuyentes. Por tanto, la modificación al anexo referido no adolece de los vicios señalados en la jurisprudencia 2a./J. 148/2016 (10a.), de título y subtítulo: "CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. EL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE ENERO DE 2015, VIOLA LOS DERECHOS A LA LEGALIDAD Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 28 de octubre de 2016 a las 10:28 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 35, Tomo I, octubre de 2016, página 699.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.


Amparo en revisión 87/2017. Jorge Raúl Jiménez Jiménez. 31 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Fernando Hernández Bautista: Secretario: Óscar Janitzio Duarte Rosas.


Nota: Por ejecutoria del 22 de marzo de 2018, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 334/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que uno de los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes se apartó del criterio en contradicción, al plasmar uno diverso en posterior ejecutoria.

Esta tesis se publicó el viernes 14 de julio de 2017 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 2014774

Clave: I.10o.A.35 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Sala: DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 44, Julio de 2017; Tomo II; Pág. 1007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.10o.A.35 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.10o.A.35 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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