FISCALES

Artículo 1a. CCXLIV/2017 (10a.). PROPIEDAD INDUSTRIAL. EL ARTÍCULO 221 BIS DE LA LEY RESPECTIVA NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

PROPIEDAD INDUSTRIAL. EL ARTÍCULO 221 BIS DE LA LEY RESPECTIVA NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.

El precepto citado establece el umbral mínimo al cual debe ascender la indemnización o reparación de los daños y perjuicios causados por la violación a los derechos de propiedad industrial conferidos en esa ley; sin que resulte exigible por razón de seguridad jurídica, que en la propia disposición se especifiquen los derechos cuya violación genera la acción indemnizatoria correspondiente, pues con la referencia a "los derechos que confiere esta Ley" y de "alguno o algunos de los derechos de propiedad industrial regulados en esta Ley" es suficiente para que quede plenamente delimitado el campo de aplicación de la norma, ya que bastará la remisión a otras disposiciones del mismo cuerpo normativo para conocer cuáles son los derechos protegidos en la disposición analizada. Inclusive, resulta aconsejable señalar con una sola frase o expresión el universo de aplicación al que se refiere la norma cuando tal contenido es amplio porque aparece establecido en todo un sistema regulatorio como sucede con la previsión y regulación de los derechos de propiedad industrial en la ley especial respectiva, donde se establecen reglas sobre su nacimiento y extinción, los mecanismos para su protección, sus ámbitos de reconocimiento, entre otros aspectos.

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Registro digital (IUS): 2015750

Clave: 1a. CCXLIV/2017 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Diciembre de 2017; Tomo I; Pág. 437

Precedentes

Amparo directo en revisión 1466/2014. Tecnofarma, S.A. de C.V. 28 de enero de 2015. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Mónica Cacho Maldonado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CCXLIV/2017 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CCXLIV/2017 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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