FISCALES

Artículo III.2o.P.19 K (10a.). REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO INDIRECTO. DEBE ORDENARSE SI EL JUEZ DE DISTRITO OMITE RECABAR TODAS LAS CONSTANCIAS RELACIONADAS CON EL ACTO RECLAMADO, INCLUSO, AQUELLAS CON LAS QUE SEA FACTIBLE VERIFICAR LA AFECTACIÓN A LA ESFERA JURÍDICA DEL QUEJOSO, POR TRASCENDER ELLO AL RESULTADO DEL FALLO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO INDIRECTO. DEBE ORDENARSE SI EL JUEZ DE DISTRITO OMITE RECABAR TODAS LAS CONSTANCIAS RELACIONADAS CON EL ACTO RECLAMADO, INCLUSO, AQUELLAS CON LAS QUE SEA FACTIBLE VERIFICAR LA AFECTACIÓN A LA ESFERA JURÍDICA DEL QUEJOSO, POR TRASCENDER ELLO AL RESULTADO DEL FALLO.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el interés jurídico en el amparo puede acreditarse con las constancias que la autoridad responsable exhibe con su informe justificado, por lo que de una intelección entre dicho criterio con el tercer párrafo del artículo 75 de la Ley de Amparo, se colige la obligación del órgano jurisdiccional de recabar de oficio todas las constancias relacionadas con el acto reclamado, incluso, aquellas con las que sea factible verificar la afectación a la esfera jurídica del quejoso; de ahí que cuando no se cumple con esa obligación y ello trasciende al resultado del fallo, el Tribunal Colegiado de Circuito, al conocer del recurso de revisión respectivo, debe ordenar la reposición del procedimiento, conforme al artículo 93, fracción IV, de la ley citada.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2016402

Clave: III.2o.P.19 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo IV; Pág. 3485

Precedentes

Amparo en revisión 58/2017. 11 de octubre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretario: Mario Hazael Romero Mejía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.2o.P.19 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.2o.P.19 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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