FISCALES

Artículo I.4o.A.103 A (10a.). CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES. LA NEGATIVA A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN RELATIVA AFECTA EL INTERÉS SOCIAL.

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES. LA NEGATIVA A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN RELATIVA AFECTA EL INTERÉS SOCIAL.

Tesis

Registro digital: 2016547

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Décima Época

Materia(s): Común, Administrativa

Tesis: I.4o.A.103 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 53, Abril de 2018, Tomo III, página 1916

Tipo: Aislada

CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES. LA NEGATIVA A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN RELATIVA AFECTA EL INTERÉS SOCIAL.


De conformidad con el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el acceso a la información, como derecho humano, está garantizado por el Estado, en el cual rige el principio de máxima publicidad y, como excepción a esta regla, alguna información relativa a la vida privada, los secretos y los datos personales será protegida en los términos que fijen las leyes. De igual manera, el acceso a información pública es, al mismo tiempo, una directriz, entendida como un instrumento para conseguir la eficacia de otros valores, que obliga a los operadores a generar toda clase de consecuencias en materia de transparencia y rendición de cuentas. En ese contexto tiene cabida, entre otros, el secreto fiscal, pero con determinados límites, entre ellos, el relativo a conocer ciertos aspectos sobre la condonación y cancelación de créditos fiscales a que se refiere el artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación, a partir del presupuesto de que dichos actos se traducen en beneficios económicos que otorga el Estado en favor de ciertos contribuyentes en particular, los cuales son proporcionales a la afectación económica del patrimonio del Estado, que dejó de percibir esas cantidades, en detrimento de financiar el gasto público soportado por la universalidad de contribuyentes. En este sentido, es ante determinadas facultades discrecionales como la de condonar créditos fiscales, donde se justifica un mayor control de la sociedad, para evitar actos de corrupción y favoritismo, ya que el acceso a la información en esos casos implica, en el fondo, encontrar explicaciones de los actos excepcionales de determinados órganos de Estado y de servidores públicos, es decir, una adecuada y pertinente rendición de cuentas. Por tanto, la negativa a proporcionar información referente a la condonación de créditos fiscales afecta el interés social, pues debe darse a conocer cómo se dieron, por qué, cuál es su fundamentación y motivación, el monto de los adeudos y, sobre todo, quiénes fueron los beneficiados económicamente con créditos fiscales que el Estado dejó de percibir y que, evidentemente, afectan al gasto público y a la sociedad en general.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.


Incidente de suspensión (revisión) 460/2017. Director General de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. 18 de enero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: José Arturo Ramírez Becerra.

Esta tesis se publicó el viernes 06 de abril de 2018 a las 10:10 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 2016547

Clave: I.4o.A.103 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Sala: CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 53, Abril de 2018; Tomo III; Pág. 1916

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.103 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.A.103 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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