FISCALES

Artículo 2a./J. 31/2019 (10a.). TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL RECLAMO DE RECONOCIMIENTO DE UN RIESGO DE TRABAJO ANTE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, FORMULADO POR AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO, PERITOS Y MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES FEDERALES.

Jurisprudencia · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL RECLAMO DE RECONOCIMIENTO DE UN RIESGO DE TRABAJO ANTE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, FORMULADO POR AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO, PERITOS Y MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES FEDERALES.

De acuerdo con el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con diversos criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la relación jurídica entre los servidores públicos citados y el Estado es de naturaleza administrativa. En ese sentido, el derecho de los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de las instituciones policiales federales, de solicitar ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado la calificativa de un riesgo de trabajo tiene esa misma naturaleza y, en consecuencia, conforme al artículo 3, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, corresponde a este Tribunal conocer de los conflictos en los que se demande al Instituto mencionado el reconocimiento de un riesgo de trabajo

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Registro digital (IUS): 2019442

Clave: 2a./J. 31/2019 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 64, Marzo de 2019; Tomo II; Pág. 2015

Precedentes

Contradicción de tesis 280/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Séptimo en Materia Administrativa del Tercer Circuito y Décimo Tercero en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 9 de enero de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Javier Laynez Potisek. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretaria: Gabriela Zambrano Morales.Tesis y criterio contendientes:Tesis I.13o.T.186 L (10a.), de título y subtítulo: "COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA EN LA QUE UN POLICÍA PREVENTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO RECLAMA EL RECONOCIMIENTO DE UN RIESGO DE TRABAJO AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.", aprobada por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 16 de febrero de 2018 a las 10:18 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 51, Tomo III, febrero de 2018, página 1396; y,El sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 848/2017.Tesis de jurisprudencia 31/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de enero de dos mil diecinueve.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a./J. 31/2019 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2a./J. 31/2019 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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