FISCALES

Artículo I.4o.A.184 A (10a.). PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL CONSEJO DE VIGILANCIA ELECTORAL DEPORTIVA (COVED). PROCEDE CONTRA LA CELEBRACIÓN DE UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA LLEVADA A CABO POR UNA ASOCIACIÓN DEPORTIVA NACIONAL EN PRESUNTA VIOLACIÓN DE SUS ESTATUTOS, EN LA CUAL SE ACUERDA ALGÚN CAMBIO EN SU ESTRUCTURA ORGÁNICA O DE REPRESENTACIÓN, PREVIO A INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA COMISIÓN DE APELACIÓN Y ARBITRAJE DEL DEPORTE (CAAD).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL CONSEJO DE VIGILANCIA ELECTORAL DEPORTIVA (COVED). PROCEDE CONTRA LA CELEBRACIÓN DE UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA LLEVADA A CABO POR UNA ASOCIACIÓN DEPORTIVA NACIONAL EN PRESUNTA VIOLACIÓN DE SUS ESTATUTOS, EN LA CUAL SE ACUERDA ALGÚN CAMBIO EN SU ESTRUCTURA ORGÁNICA O DE REPRESENTACIÓN, PREVIO A INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA COMISIÓN DE APELACIÓN Y ARBITRAJE DEL DEPORTE (CAAD).

El artículo 59 de la Ley General de Cultura Física y Deporte dispone que los procesos electorales de los órganos de gobierno y representación de las asociaciones deportivas nacionales serán vigilados por la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), a través del Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva (COVED), el cual verificará su legalidad y, en caso de que exista controversia en cualquiera de sus fases, planteada por las personas físicas o morales cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, resulten afectados por actos u omisiones de las asociaciones señaladas durante los procesos para elegir a sus órganos de gobierno y representación, resolverá de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 58 y 59 de su reglamento y en los demás ordenamientos aplicables, y sus resoluciones definitivas en relación con dichas controversias podrán ser impugnadas mediante el recurso de apelación ante la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD). Por tanto, contra la celebración de una asamblea extraordinaria llevada a cabo por una asociación deportiva nacional en presunta violación de sus estatutos, en la cual se acuerda algún cambio en su estructura orgánica o de representación, procede el procedimiento administrativo de solución de controversias ante el COVED, el cual cuenta con la facultad de confirmar, modificar o revocar esa determinación, de acuerdo con la fracción IX del artículo 59 del Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte, previo a interponer el recurso de apelación ante la CAAD.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2021492

Clave: I.4o.A.184 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 74, Enero de 2020; Tomo III; Pág. 2635

Precedentes

Queja 323/2019. Federación de Dominó de la República Mexicana, A.C. 28 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Lorena Badiano Rosas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.184 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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