FISCALES

Artículo XVII.2o.P.A.1 CS (10a.). DERECHO DE PETICIÓN. CONCEPTO DE "BREVE TÉRMINO" PARA EFECTOS DE LA RESPUESTA QUE DEBE DARSE AL PARTICULAR QUE LO EJERCIÓ.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaconstitucional

Texto Legal

DERECHO DE PETICIÓN. CONCEPTO DE "BREVE TÉRMINO" PARA EFECTOS DE LA RESPUESTA QUE DEBE DARSE AL PARTICULAR QUE LO EJERCIÓ.

El artículo 8o., párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone a las autoridades la obligación de dar respuesta en "breve término" a la solicitud formulada por un particular; sin embargo, ese concepto no ha sido acotado por el Constituyente, por lo que no es posible fijar un plazo único y genérico para que las autoridades den respuesta a la solicitud que se les plantea en ejercicio del derecho de petición. En esa tesitura, por "breve término" debe entenderse el periodo racional y justificado para estudiar y acordar la petición, conforme a su complejidad, las circunstancias específicas del caso y las cargas de trabajo de la autoridad.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2022559

Clave: XVII.2o.P.A.1 CS (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo II; Pág. 1674

Precedentes

Amparo en revisión 40/2020. Director General de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua y otros. 5 de junio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Refugio Noel Montoya Moreno. Secretario: Jesús Armando Aguirre Lares.Amparo en revisión 106/2020. Jefa del Departamento de Afiliación y Vigencia de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua. 3 de julio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Pánfilo Martínez Ruiz, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Martha Dalila Morales Cruz.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 470, de rubro: "PETICIÓN, DERECHO DE. TÉRMINO PARA EL ACUERDO RESPECTIVO.", publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Tercera Parte, página 767, con número de registro digital: 395221.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVII.2o.P.A.1 CS (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVII.2o.P.A.1 CS (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XVII.2o.P.A.1 CS (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XVII.2o.P.A.1 CS (10a.) FISCALES desde tu celular