FISCALES

Artículo VII.2o.C.42 K (11a.). DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DEL OTORGAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. SON DE NATURALEZA DISTINTA A LOS INTERESES ORDINARIOS A LOS QUE SE CONDENA A LA INSTITUCIÓN QUEJOSA CON MOTIVO DE LA NULIDAD ABSOLUTA DE OPERACIONES BANCARIAS.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DEL OTORGAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. SON DE NATURALEZA DISTINTA A LOS INTERESES ORDINARIOS A LOS QUE SE CONDENA A LA INSTITUCIÓN QUEJOSA CON MOTIVO DE LA NULIDAD ABSOLUTA DE OPERACIONES BANCARIAS.

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Registro digital (IUS): 2028197

Clave: VII.2o.C.42 K (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo V; Pág. 4569

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.2o.C.42 K (11a.) del FISCALES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.2o.C.42 K (11a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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