FISCALES

Artículo VIII.2o.21 A . SEGURO SOCIAL. ES NECESARIO ANALIZAR EL RIESGO DE TRABAJO CUANDO SU CALIFICATIVA TRASCIENDA EN LA RECLASIFICACION DE LA EMPRESA PARA SU COTIZACION SOBRE.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SEGURO SOCIAL. ES NECESARIO ANALIZAR EL RIESGO DE TRABAJO CUANDO SU CALIFICATIVA TRASCIENDA EN LA RECLASIFICACION DE LA EMPRESA PARA SU COTIZACION SOBRE.

Según lo disponen los artículos 80 de la Ley del Seguro Social y 24 del Reglamento para la clasificación de empresas y determinación del grado de riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo, la dependencia técnica responsable de esa clasificación y determinación revisará anualmente el grado de riesgo conforme al cual estén cubriendo sus primas las empresas, para confirmarlo o aumentarlo de conformidad con el índice de siniestralidad, que se determina obteniendo el promedio del producto del índice de frecuencia por el de gravedad de los riesgos computados y evaluados en la empresa en el último período anual que corresponda a su clase. Como se ve, si la determinación del nuevo grado de riesgo sobre el que deberá cotizar la empresa quejosa, trasciende en la evaluación que como riesgo de trabajo hizo el Instituto Mexicano del Seguro Social, resulta inconstitucional que la autoridad responsable se negara a analizar tal calificativa, pues todas las que se emitan por la dependencia técnica correspondiente, necesariamente influyen en la reclasificación de la empresa por su grado de riesgo.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800491

Clave: VIII.2o.21 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 621

Precedentes

Amparo directo 75/92. Compañía Fresnillo, S.A. de C.V. 11 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: Antonio López Padilla.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VIII.2o.21 A del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VIII.2o.21 A de la J. Fiscales SCJN?

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