FISCALES

Artículo IUS 800705. AGRARIO. COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. ESTA FACULTADO PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN DEFENSA DE LOS INTERESES DEL NUCLEO DE POBLACION QUE REPRESENTA.

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AGRARIO. COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. ESTA FACULTADO PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN DEFENSA DE LOS INTERESES DEL NUCLEO DE POBLACION QUE REPRESENTA.

Aunque el artículo 8o. bis, de la Ley de Amparo, no menciona en su fracción I a los comités particulares ejecutivos o ejecutivos agrarios, sin embargo, debe entenderse que éstos también tienen representación en los juicios de amparo, ya que tal dispositivo se refiere genéricamente a los núcleos de población dentro de los cuales no sólo debe catalogarse el grupo de campesinos que han recibido tierras por efecto de una resolución presidencial, sino también aquel que, por carecer de ellas, la solicita de las autoridades agrarias, máxime que unos y otros deben ser reconocidos en los expedientes agrarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 27, fracción XI, inciso d) y e), de la Constitución Federal, y en tratándose de los comités particulares ejecutivos, porque, además, representan a los núcleos de población solicitantes de tierras hasta que se ejecute el mandamiento del gobernador si fuere favorable a la resolución definitiva, de acuerdo también con los artículos 3o., 12, 15 y 41 del Código Agrario anterior al vigente, cuyo espíritu subsiste en los artículos 17, 18, 20 y 21 de la actual Ley Federal de Reforma Agraria.

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Registro digital (IUS): 800705

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 161/71. J. Carmen Hernández Velasco y otros. 22 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 24, Tercera Parte, página 14, tesis de rubro "AGRARIO. COMITE EJECUTIVO. PERSONALIDAD PARA PROMOVER. RECAE SOBRE LOS TRES MIEMBROS QUE LO INTEGRAN, Y NO SOLO EN SU PRESIDENTE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800705 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800705 de la J. Fiscales SCJN?

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