FISCALES

Artículo IUS 801134. COMPETENCIA SIN MATERIA.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA SIN MATERIA.

Una vez dictada la resolución que pone fin al proceso, sentencia o auto de sobreseimiento, la autoridad judicial agota totalmente su jurisdicción en el asunto, por lo que no existe ya materia para una controversia competencial, y así debe declararse expresamente, dado que, la incompetencia por declinatoria debe interponerse durante el procedimiento, y este termina con la sentencia o el sobreseimiento.

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Registro digital (IUS): 801134

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXVIII, Primera Parte; Pág. 12

Precedentes

Competencia 35/61. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, Veracruz y el Juez Mixto de Primera Instancia de Distrito Judicial de Misantla, Veracruz. 19 de febrero de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801134 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801134 de la J. Fiscales SCJN?

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