FISCALES

Artículo IUS 801582. SENTENCIAS. CONSECUENCIA DE CITAR EQUIVOCADAMENTE EN ELLAS DISPOSICIONES LEGALES INAPLICABLES.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SENTENCIAS. CONSECUENCIA DE CITAR EQUIVOCADAMENTE EN ELLAS DISPOSICIONES LEGALES INAPLICABLES.

La cita equivocada que en una resolución se hace de preceptos inaplicables, no basta para conceder el amparo, si del examen que del caso se hace, y naturalmente que sin alterar los hechos, pues es bien conocido el principio de que a las partes toca proporcionar éstos y al Juez aplicar el derecho, se ve claramente que el caso encuentra su apoyo en otras disposiciones de la ley.

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Registro digital (IUS): 801582

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 231

Precedentes

Amparo directo 6180/56. Miguel Navarro Franco. 21 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801582 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801582 de la J. Fiscales SCJN?

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