FISCALES

Artículo IUS 801683. PETICION, DERECHO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PETICION, DERECHO DE.

El artículo 8o. constitucional obliga a las autoridades que reciban alguna solicitud, a acordarla y hacer saber el acuerdo en breve término al solicitante. En consecuencia, no basta que la autoridad asevere que hizo recaer un acuerdo a la petición que le formuló un quejoso y que contestó ésta, sino que, para acreditar que dio cumplimiento a lo que preceptúa el artículo mencionado, debió también demostrar que tal contestación llegó a su destino.

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Registro digital (IUS): 801683

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Tercera Parte; Pág. 38

Precedentes

Amparo en revisión 5229/59. Jesús Zaragoza Ruiz. 4 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801683 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801683 de la J. Fiscales SCJN?

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