FISCALES

Artículo IUS 801785. AGRARIO. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladasexta-Épocaadministrativa

Texto Legal

AGRARIO. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

No es exacto que del artículo 33 del Código Agrario, por más que establezca que el presidente de la República es la autoridad suprema en materia agraria y que sus resoluciones en ningún caso podrán ser modificadas, se derive la improcedencia del juicio de amparo, como tampoco se deriva de tal improcedencia del texto del artículo 252 del invocado código, que se limita a señalar los requisitos que deben contener las resoluciones presidenciales, ya que la proscripción del juicio de amparo en materia agraria se contrae a las resoluciones presidenciales, pero no a los actos de ejecución de ellas. De donde resulta que tampoco es acertada la invocación general que se haga del artículo 27 constitucional para sobreseer el juicio de amparo en la parte en que lo que se reclama no es la resolución presidencial misma, sino los actos de su ejecución.

---

Registro digital (IUS): 801785

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Tercera Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 224/61. Jorge Gutiérrez y coagraviados. 17 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801785 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801785 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 801785 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 801785 FISCALES desde tu celular