FISCALES

Artículo IUS 801902. DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS. RATIFICACION DE LOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS. RATIFICACION DE LOS.

No es exacto que la Suprema Corte haya establecido de una manera general que todo documento proveniente de tercero no objetado ni ratificado haga prueba, sino que tal tesis se ha establecido respecto de los documentos cuya autenticidad es indubitable, pues en tal caso, si no se objeta su contenido, no hay razón para negarles valor, pero cuando el documento proviene de persona extraña al juicio y sólo siendo ratificado puede tenerse certeza sobre su autenticidad, eliminándose así la posibilidad de suplantación o suposición, es necesaria esta ratificación, pues de lo contrario no hace prueba.

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Registro digital (IUS): 801902

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 2723/57. Cordelería "La Carmita", S. A. 21 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801902 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801902 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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