FISCALES

Artículo IUS 802015. ESPECTACULOS PUBLICOS, EMPRESAS DE. SUS INGRESOS NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ESPECTACULOS PUBLICOS, EMPRESAS DE. SUS INGRESOS NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES.

Si se demuestra con el acta de auditoría que algunos ingresos de una empresa de espectáculos deportivos, provienen de derechos de transmisión mediante radio y televisión, y por cooperación en la promoción de peleas de box, siendo ingresos provenientes de un espectáculo público organizado, están exentos del pago del impuesto sobre ingresos mercantiles, en función de lo que dispone el artículo 18, fracción XXI, de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.

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Registro digital (IUS): 802015

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 9926/66. Arena Coliseo, S. A. 1 de febrero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen CXXIV, página 29. Amparo en revisión 5927/65. Nueva Arena México, S. A. 25 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.Volumen CXII, página 57. Revisión fiscal 633/65. Empresa Mexicana de Box, S. A. 24 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen CXXXVIII, página 23, tesis de rubro "ESPECTACULOS PUBLICOS, EMPRESAS DE. INGRESOS QUE NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES.".Volumen CXXXVIII, página 31, tesis de rubro "REGLAS GENERALES, SI LA EXCEPCION A LAS, ABARCA UN RAMO, NO CABE CONSTREÑIRLA A UN SOLO ASPECTO DE ESTE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802015 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802015 de la J. Fiscales SCJN?

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