FISCALES

Artículo IUS 802487. FIANZAS PENALES, DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DEL PROCEDIMIENTO FISCAL PARA HACERLAS EFECTIVAS.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

FIANZAS PENALES, DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DEL PROCEDIMIENTO FISCAL PARA HACERLAS EFECTIVAS.

La Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido el siguiente criterio: "De acuerdo con los artículos 95 y 130 de la Ley de Instituciones de Fianzas, la tesorería, para requerir de pago de una fianza, debe anexar a dicho requerimiento los documentos que le envió el Juez de la causa y como este funcionario está obligado a demostrarle a la tesorería que se notificó a la compañía afianzadora para que presentara a su fiado, es claro que esta constancia, así como el acuerdo que ordena que se haga efectiva, son los documentos indispensables que justifican la legalidad, o sea el fundamento y motivo del procedimiento económico coactivo". Ahora bien, de acuerdo con esta tesis, se necesita que el requerimiento de pago contenga la notificación a la compañía afianzadora para que presente a su fiado y el acuerdo que ordena que se haga efectiva, documentos que son indispensables para que se justifiquen la legalidad del procedimiento económico coactivo.

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Registro digital (IUS): 802487

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 5606/58. Compañía de Fianza Lotonal, S. A 11 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802487 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802487 de la J. Fiscales SCJN?

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