FISCALES

Artículo IUS 802592. LICENCIAS, NEGATIVA PARA CONCEDERLAS.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

LICENCIAS, NEGATIVA PARA CONCEDERLAS.

Las facultades discrecionales que se otorgan a una autoridad, no son arbitrarias, sino que las misma deben estar ajustadas a los principios legales que las rigen, o sea que debe motivarse y razonarse lógicamente la conclusión a que se llegue al ejercitarse la facultad discrecional; siendo esto así, la autoridad causa agravios al negar la licencia para apertura de un establecimiento si manifiesta solamente en esa negativa, que obedece a razones de interés público y a que la sociedad resultaría afectada por la apertura del establecimiento, pero sin expresar cuáles eran esas razones de interés público que se operan, ni tampoco por qué se afecta a la sociedad con la citada apertura de la negociación cuyo funcionamiento no está prohibido por la ley.

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Registro digital (IUS): 802592

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Tercera Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo en revisión 4862/58. Adrián Garcini Navarro. 12 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802592 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802592 de la J. Fiscales SCJN?

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