FISCALES

Artículo IUS 803290. PAVIMENTACION, PAGO POR SERVICIO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

PAVIMENTACION, PAGO POR SERVICIO DE.

El pago que se hace al fisco por concepto de un servicio público, como es la pavimentación de las calles, constituye un impuesto, y por ello, procede el uso de la facultad económico coactiva, cuando se pretende exigir por las autoridades hacendarias, el importe de los servicios públicos, suministrados, aun cuando la ley respectiva no prevenga la aplicación de dicha facultad.

---

Registro digital (IUS): 803290

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 232

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8719/36. Juanola Manuel. 12 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803290 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803290 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 803290 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 803290 FISCALES desde tu celular