Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La circunstancia de que una aseguradora emita una póliza de incendio por determinada cantidad sobre un bien, es base para deducir que dicho bien tiene el valor asegurado, en la póliza, derivado del hecho conocido y notorio de que dicha aseguradora no lo había verificado si los bienes hubiesen tenido un valor muy inferior, y por el hecho también cierto de que una empresa de seguros no contrata por una cantidad superior al valor que realmente tiene las cosas aseguradas
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Registro digital (IUS): 804450
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 344
Amparo civil directo 1299/54. "La Continental", Compañía General de Seguros, S. A. 12 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Relator: José Castro Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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