FISCALES

Artículo IUS 804456. AMPARO CONTRA UNA LEY. RECURSOS ORDINARIOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

AMPARO CONTRA UNA LEY. RECURSOS ORDINARIOS.

Si la parte quejosa reclama la inconstitucionalidad del artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su texto reformado por decreto de 30 de diciembre de 1955, no tenía obligación de demandar la nulidad del cobro que pudiera hacerse en aplicación de dicho precepto, ante el Tribunal Fiscal de la Federación, en los términos del artículo 160 del código tributario, como lo pretende el agente del Ministerio Público, ya que de acuerdo con el criterio de este Tribunal funcionando en Pleno, que cuando en un juicio de amparo se reclama fundamentalmente la inconstitucionalidad de una ley, no existe la obligación de agotar previamente los recursos ordinarios correspondientes, ya que sería contrario a los principios de derecho el que se obligara a los quejosos a que se sometieran a las disposiciones de la ley cuya obligatoriedad impugnan, por conceptuarla contraria a los textos de la Constitución.

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Registro digital (IUS): 804456

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLVI, Primera Parte; Pág. 122

Precedentes

Amparo en revisión 2882/58. Aseguradora Anáhuac, S. A. 26 de abril de 1961. Mayoría de catorce votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804456 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804456 de la J. Fiscales SCJN?

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