FISCALES

Artículo IUS 806008. RUTAS, CANCELACION DE PERMISOS DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

RUTAS, CANCELACION DE PERMISOS DE.

De la simple lectura de los dispuesto por el artículo 163 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, se viene en conocimiento que esta disposición, en sus fracciones V y VII, previene que se revocarán los permisos cuando se vendan, traspasen o sustituyan los vehículos, o se enajenen los permisos, pero no establece que para decretar esa revocación, se oiga previamente a los interesados, bastando con que ante la autoridad respectiva se acuerde la cesión, traspaso o enajenación de los permisos. Por tanto, una revocación fundada en cualquiera de los motivos dichos, no es violatoria de garantías, máxime si no se combate la inconstitucionalidad de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

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Registro digital (IUS): 806008

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 872

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1767/48. Cooperativa de Autotransportes "Tzin-Tzun", S. C. L. 28 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806008 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806008 de la J. Fiscales SCJN?

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