FISCALES

Artículo IUS 806084. SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.

Para que pueda existir un hecho superveniente que funde la suspensión del acto reclamado, es necesario: el acaecimiento de un hecho posterior a la resolución dictada, cuya revocación se pretende; que ese hecho sea de tal naturaleza que cambie la situación jurídica que tenían las cosas antes de resolver sobre la suspensión y que no se haya pronunciado sentencia ejecutoria en el juicio de amparo.

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Registro digital (IUS): 806084

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1466

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2514/47. Doria Felipe. 7 de junio de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806084 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806084 de la J. Fiscales SCJN?

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