Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el quejoso solicita el amparo contra la orden de detención dictada por la autoridad responsable, en cumplimiento de una medida de apremio, que consiste en un arresto de quince días, la suspensión del acto reclamado procede, tanto desde el punto de vista del artículo 124 de la Ley de Amparo, puesto que concurren en el caso los requisitos de dicho artículo como del 136 de la misma ley. Hay que hacer notar que de no concederse la suspensión, se realizaría en forma irreparable el acto reclamado, que consiste, precisamente, en la privación de la libertad del quejoso, como medida de apremio, y que una vez ejecutado dicho acto, quedaría sin materia el amparo, lo que constituye un fundamento para conceder la suspensión. Además, el artículo 136 es aplicable al caso puesto que afectando el acto de libertad del quejoso, procede la suspensión con las medidas de aseguramiento respectivas.
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Registro digital (IUS): 806158
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1899
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2217/48. Quintero Edmundo. 19 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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