FISCALES

Artículo IUS 806347. COOPERATIVAS, EXCLUSION DE SOCIOS DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

COOPERATIVAS, EXCLUSION DE SOCIOS DE LAS.

La soberanía de las asambleas generales de las sociedades cooperativas, no llega hasta la facultad de poder violar la ley, por lo que la Secretaría de la Economía Nacional está facultada para revisar, a petición de parte, no sólo la legalidad del procedimiento seguido para excluir a un miembro de una sociedad, sino de la de los acuerdos de las asambleas generales, con motivo de dicha exclusión, a fin de cuidar que la causa invocada sea de las comprendidas en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Sociedades Cooperativas y que esté debidamente acreditada. Por tanto, hecha la petición, la mencionada secretaría debe analizar las pruebas relativas a los cargos formulados al socio agraviado y las que haya rendido en su defensa el socio excluido.

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Registro digital (IUS): 806347

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1576

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3705/46. Bernal T. Nicolás. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806347 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806347 de la J. Fiscales SCJN?

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