FISCALES

Artículo IUS 806617. IMPUESTOS EXORBITANTES, AMPARO EN CASO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPUESTOS EXORBITANTES, AMPARO EN CASO DE.

Si bien en el juicio de amparo no puede hacerse la crítica del monto de los impuestos reclamados, cuando la alegada falta de proporción o de equidad pueda considerarse dudosa, y cuando siendo cierta, deba estimarse leve, debe concederse el amparo cuando se acredite plenamente que hay una notable desproporción en la cuantía del impuesto, de suerte que éste resulte exorbitante, ruinoso o prácticamente confiscatorio.

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Registro digital (IUS): 806617

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1361

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3297/46. Segura Adolfo B. y coagraviada. 4 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Téllez López.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806617 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806617 de la J. Fiscales SCJN?

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