Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si el informe justificado del Departamento de Salubridad, lo firmó el secretario general de la propia dependencia por acuerdo del titular, tomando en consideración el criterio en el sentido de que los secretarios y los oficiales mayores de los departamentos administrativos, están facultados para rendir en el juicio de amparo, el informe con justificación en nombre y por acuerdo de los titulares, tal informe rendido por el secretario del Departamento de Salubridad Pública, debe tenerse como eficaz y válido.
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Registro digital (IUS): 807188
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 586
Amparo administrativo en revisión. 3519/439. Gendler Salomón M. 11 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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