FISCALES

Artículo IUS 807574. IMPEDIMENTO DE LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. DEBEN INFORMARLO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 66, FRACCION VI, DE LA LEY DE AMPARO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPEDIMENTO DE LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. DEBEN INFORMARLO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 66, FRACCION VI, DE LA LEY DE AMPARO.

Los Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito, tienen el deber de informar que están impedidos de conocer de los asuntos en que habrían de intervenir, entre otros casos, cuando tengan enemistad manifiesta con alguna de las partes, o con sus abogados o representantes, de conformidad con el artículo 66, fracción VI, de la Ley de Amparo. Y si el funcionario que expresa tener un impedimento, manifiesta que se ha creado un estado de animadversión de su parte, esta manifestación constituye una excusa legal.

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Registro digital (IUS): 807574

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Tercera Parte; Pág. 31

Precedentes

Excusa 27/65. Propuesta por el licenciado Antonio Capponi Guerrero. Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito. 26 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.Excusa 26/65. Propuesta por el licenciado Antonio Capponi Guerrero. Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito. 26 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen CXII, página 64. Impedimento 21/66. Propuesto por el C. Licenciado Antonio Capponi Guerrero. Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito. 10 de octubre de 1966. Por unanimidad de cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXX, Tercera Parte, página 150, tesis de rubro "IMPEDIMENTO DE LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. DEBEN INFORMARLO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 66, FRACCION VI, DE LA LEY DE AMPARO.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807574 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807574 de la J. Fiscales SCJN?

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