FISCALES

Artículo IUS 807607. IMPUESTOS, NO PUEDEN APLICARSE POR ANALOGIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPUESTOS, NO PUEDEN APLICARSE POR ANALOGIA.

Como el artículo 11 del Código Fiscal de la Federación previene expresamente que "Las normas de derecho tributario que establezcan cargas a los particulares serán de aplicación restrictiva", esa regla entraña una prohibición de fundarse en analogías para determinar una obligación impositiva.

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Registro digital (IUS): 807607

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 363

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6734/44. Trejo Amado J. 8 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807607 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807607 de la J. Fiscales SCJN?

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