FISCALES

Artículo IUS 807968. PETROLEO, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION EN MATERIA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PETROLEO, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION EN MATERIA DE.

La industria petrolera es de interés público, de tal manera que la suspensión definitiva no puede concederse cuando se trate de actos que tiendan a favorecer el desarrollo de esa industria. Por tanto, no debe concederse la suspensión contra orden para que se ponga en posesión a una persona de los pozos petroleros e instalaciones de unos campos embargados por el quejoso, en un juicio ejecutivo mercantil, si dicho quejoso no está correspondiente, y en cambio, quien persigue esa explotación cuenta con la orden de la Secretaría de la Economía Nacional que confirmó en su favor una concesión, ya que de concederse la medida se paralizaría la explotación de los mencionados pozos.

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Registro digital (IUS): 807968

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1965

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3958/42. Cabada Olivier Francisco de la. 22 de octubre 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807968 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807968 de la J. Fiscales SCJN?

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