Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Siendo la parte quejosa la concesionaria que explota el servicio de transportes en la carretera México-Morelia-Guadalajara, es indudable que sufre perjuicios en sus intereses si se concede permiso a otra cooperativa para explotar un tramo de esa carretera, pues al existir mayor número de vehículos, sufren privación en sus utilidades, razón por la cual no es de dictarse sobreseimiento en el caso.
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Registro digital (IUS): 807978
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8201
Amparo administrativo en revisión 9529/42. Federación de Cooperativas de Autotransportes México-Guadalajara y Anexas "Estrella de Occidente". 30 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.C.7 K (10a.). REMATE. LA NEGATIVA DE APROBARLO O EL ACUERDO QUE LO DESAPRUEBA Y SUS CONSECUENCIAS CONSTITUYEN UN CASO DE EXCEPCIÓN QUE ACTUALIZA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO, AL AFECTAR LOS DERECHOS SUSTANTIVOS DEL PROMOVENTE.
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Art. VI.2o.T.3 K (10a.). REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO. SU DENUNCIA ES IMPROCEDENTE RESPECTO DE DILACIONES EN UN JUICIO LABORAL, CUANDO ÉSTAS GUARDAN RELACIÓN FORMAL CON EL CUMPLIMIENTO QUE DEBIÓ DARSE AL FALLO PROTECTOR, AL TRATARSE DE ACTOS PROCESALES QUE LA RESPONSABLE TUVO QUE EFECTUAR OPORTUNAMENTE DURANTE EL PROCEDIMIENTO LABORAL Y HASTA LA EMISIÓN DEL LAUDO.
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