Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Debe declararse sin materia la queja que se interponga por haberse abstenido la autoridad responsable, de resolver sobre la suspensión del acto reclamado en amparo directo, si aparece que la Suprema Corte de Justicia se declaró incompetente para conocer del juicio de amparo, pues en tales condiciones, cualquiera que hubiese sido la resolución dictada por la autoridad, la misma habría quedado sin efecto, en virtud de la resolución de incompetencia antes mencionada.
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Registro digital (IUS): 808017
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4420
Queja en amparo en materia de trabajo 443/42. Domínguez Velasco Daniel. 16 de noviembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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