FISCALES

Artículo IUS 808399. PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.

La fracción XIII, del artículo 73, de la Ley de Amparo, es aplicable cuando se da como supuesto el emplazamiento legal a juicio; pero no cuando el quejoso reclama precisamente no haber sido parte en el juicio y no haber estado en condiciones de hacer valer recursos o defensas, para modificar el acto reclamado.

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Registro digital (IUS): 808399

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6468

Precedentes

Amparo civil en revisión 8704/41. Jimeno Fulvia. 30 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808399 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808399 de la J. Fiscales SCJN?

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