Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Las denuncias sobre falsedad de los títulos exhibidos y que apoyaron la concesión de un permiso de explotación, no están catalogadas en los casos de anulación, extinción o suspensión de los permisos que fije la ley del acto, y si es verdad que para otorgarlos, se requiere, cuando sean solicitados por el que se estime dueño de los terrenos, que se compruebe previamente la propiedad, esto no requiere decir que una vez admitida, pueda desconocerse la titulación, sólo ante una denuncia sobre su falsedad y suspenderse los efectos del permiso, sino que todo documento que ha sido admitido como bueno, debe ser considerado así, hasta que la autoridad competente, que no es la administrativa, los invalide, pues de otro modo, los actos correlativos no tendrían firmeza, con sólo atacarlos más o menos fundadamente.
---
Registro digital (IUS): 808797
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2930
Amparo administrativo en revisión 8104/37. Sociedad Cooperativa Forestal Comunal, S.A. 19 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. P./J. 53/2014 (10a.). PROYECTOS DE RESOLUCIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. SÓLO DEBEN PUBLICARSE AQUELLOS EN LOS QUE SE ANALICE LA CONSTITUCIONALIDAD O LA CONVENCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL, O BIEN, SE REALICE LA INTERPRETACIÓN DIRECTA DE UN PRECEPTO CONSTITUCIONAL O DE UN TRATADO INTERNACIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
Siguiente
Art. 1a. CCCLXXXIV/2014 (10a.). IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN. NOTAS RELEVANTES QUE EL OPERADOR DE LA NORMA DEBE CONSIDERAR AL EXAMINAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE UNA MEDIDA A LA LUZ DE DICHOS PRINCIPIOS, FRENTE A LAS LLAMADAS "CATEGORÍAS SOSPECHOSAS", A FIN DE NO PROVOCAR UN TRATO DIFERENCIADO O UNA DISCRIMINACIÓN INSTITUCIONAL.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo