Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si la ejecución del acto reclamado obedece a que se negó la suspensión en otro juicio de amparo, promovido por los mismos quejosos, la ley concede a estos últimos los medios necesarios para obtener la reforma de la resolución que negó aquélla, y no se justifica la necesidad de interponer otro amparo, y por tal motivo, no puede causarse daño alguno a los quejosos, puesto que disponen de otros medios de defensa, y la suspensión debe negarse.
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Registro digital (IUS): 809249
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3722
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 6581/34. Unión de Trabajadores Terrestres "Piedad Luna". 27 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IV.2o.A.107 A (10a.). DERECHO POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA COMO ESTACIONAMIENTO. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SEAN LOS MUNICIPIOS Y NO EL LEGISLADOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, QUIENES DETERMINEN EL MONTO DE LA CUOTA EXTRAORDINARIA PARA SU PAGO, EN FUNCIÓN DE LOS COSTOS QUE TENGAN PARA LA MUNICIPALIDAD LAS ADECUACIONES A LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA INSTALACIÓN DE PARQUÍMETROS, RESPETA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
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Art. I.3o.C.61 K (10a.). EXTINCIÓN DE DOMINIO. AL TENER SU ORIGEN O CAUSA DE PEDIR EN LA EXISTENCIA DE UN HECHO ILÍCITO DERIVADO DE LAS PRUEBAS EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA O EN UN PROCEDIMIENTO PENAL, AQUELLA ACCIÓN NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 20, APARTADO B, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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