FISCALES

Artículo IUS 809598. SUSPENSION, DEPOSITOS PERIODICOS PARA LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUSPENSION, DEPOSITOS PERIODICOS PARA LA.

Cuando el acto reclamado consista en el aumento de contribuciones, o en el cobro de impuestos adicionales, de acuerdo con lo prevenido por el artículo 60 de la Ley de Amparo, podrá concederse discrecionalmente la suspensión, mediante los depósitos periódicos de las cantidades que vayan siendo exigibles, y cuyos depósitos deberán efectuarse en el Banco de México o en la sucursal respectiva.

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Registro digital (IUS): 809598

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1993

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2113/31. Compañía de Luz y Fuerza Motriz de Orizaba, S. A. 7 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809598 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809598 de la J. Fiscales SCJN?

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