FISCALES

Artículo IUS 809885. APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

La que hace el juzgador, en uso de la facultad soberana que le concede la ley, no constituye, por sí sola, una violación de garantías, a menos que exista una infracción manifiesta en la aplicación de las leyes que regulan la prueba o en la fijación de los hechos.

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Registro digital (IUS): 809885

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 755

Precedentes

Amparo penal directo 3118/23. Hernández Rosendo. 14 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809885 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809885 de la J. Fiscales SCJN?

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