FISCALES

Artículo IUS 810038. SUSPENSION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUSPENSION.

Cuando se niega, no hay nada que ejecutar por virtud de la resolución recaída, pues el Juez que niega, nada establece ni crea ninguna situación jurídica, que pueda cambiarse o modificarse con motivo de otro procedimiento. quedando en libertad los interesados para proceder como mejor convenga a sus derechos.

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Registro digital (IUS): 810038

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 625

Precedentes

Queja en amparo administrativo. Pérez Diódoro. 30 de agosto de 1992. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810038 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810038 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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